Dicho recurso se presenta ante el Tribunal Constitucional. No es un recurso normal, solamente se presentan cuando se vulneran los derechos fundamentales recogidos en la Constitución.
Los recursos de extranjería más habituales son, por orden:
1) Recurso de Alzada ante la Subdelegación de Gobierno, exponiendo las alegaciones que el Abogado considere.
2) Recurso de Reposición, es opcional y también ante la Subdelegación.
3) En caso de denegación, puede presentar recurso de extranjería ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo.
4) Por último, recurso de apelación en los Tribunales Superiores de Justicia.
Es muy importante presentar todos los recursos y dentro del plazo legal. Deben siempre llamar lo antes posible a su abogado.