En primer lugar,es muy importante comprobar que se tiene toda la documentación antes de presentar la solicitud. Igualmente indicar que en el caso de no tener o dicha documentación es incompleta, se tendrá un breve plazo de tiempo para presentarlo.
En caso de denegación, se podrá presentar un recurso de extranjería ante la Subdelegación de Gobierno correspondiente en un plazo de un mes, se empieza a contar los días cuando se recibe la notificación.
Si nos contestan nuevamente de forma negativa, se tiene un plazo de dos meses para presentar recurso de extranjería ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo correspondientes.
Dentro de dicho recurso se puede solicitar una medida cautelar, por ejemplor, mientras no se dicte Sentencia firme, medida cautelar.
Es muy importante presentar los recursos de extranjería. Este despacho profesional ha ganado muchísimos casos, deben defender sus derechos antes los Tribunales.
ULTIMAS NOVEDADES: Este despacho jurídico a fecha 29/07/2009 ha obtenido del juzgado una medida cautelar que suspende la expulsión mientras no se celebre el juicio. Gracias al arraigo social que hemos demostrado.
EN FECHA 20/11/2009 ESTE DESPACHO HA CONSEGUIDO ANTE LOS JUZGADOS: SUSPENDER DECRETO DE EXPULSION, APORTANDO OFERTA TRABAJO Y DEMOSTRANDO ARRAIGO DEL CLIENTE.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL de fecha 15 de junio de 2009 que la graduación de las sanciones en materia de extranjería debe ajustarse a criterios de proporcionalidad.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE LA UNION EUROPEA, establece que el Código de fronterras Schengen no contiene una obligación de expulsión de personas que se encuentren en situación irregular en el territorio de un Estado miembro
EN FEHA 01/12/2009 ESTE DESPACHO HA CONSEGUIDO QUE CIUDADANO DE PAKISTAN SE LE CONCEDA RESIDENCIA POR ARRAIGO, TENIENDO DECRETO DE EXPULSION RECURRIDO EN LOS TRIBUNALES.
VER SENTENCIAS GANADAS EN EL APARTADO CONSULTORIO ON-LINE!!!!!
NOVEDAD!!! YA HA ENTRADO EN VIGOR LA NUEVA LEY EXTRANJERIA :Los 7 puntos más polémicos de la Ley extranjería
1)Internamiento: Aumenta el periodo máximo de internamiento de los sin papeles de 40 a 60 días.
2)Reagrupación: Limita reagrupación padres solamente mayores de 65 años, aunque se contemplan casos excepcionales.
3)Parejade hecho: las parejas de hecho también podrán ser reagrupadas
4)Permiso laboral: Los familiares reagrupados con edad laboral recibirán también autorización de trabajo juntamento a la residencia.
5)Violencia de género: Las extranjeras sin papeles que deuncien una agresión y obtengan una orden de protección podrán obtener una utorización provisional de residencia/trabajo hasta que se dicte la sentencia.
6) Trata de mujeres: las víctimas de tráfico de mujeres si colaboran con las autoriddes obtendrán una autorización de residencia.
7)Sanciones: Los empresarios que contraten sin papeles deberán pagar la repatriación de éstos.